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Año: 1898, Fallos: 76:70 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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—_—_—» - FALLOS DE LA SUPREMA CORTE — VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL = 3 Buenos Aires, Seliembre 28 de 1898, í Suprema Corte :

| No se trata de un juicio de expropincion que las partes ni han iniciado ni pretenden que proceda en el caso.

Los demandantes sólo pretenden se les devuelva el terreno del que sostienen se ha apoderado indebidamente la Municipalif dad; 6 que se cumpla 4 su respecto, lo convenido con el Intendente señor Alvear, | Es, pues, una cuestion que no afecta intereses de la nacion vi principios constitucionales.

El caso no cae por ello bajo el régimen de ninguno de los incisos del artículo 2 de la ley sobre juriadiccion y competencia de los tribunales nacionales ; y es por ello que, de conformidad con los fundamentos expuestos en el precedente escrito corrriente á foja 180, pido á V. E. se sirva declarar improcedente en el caso, el fuero federal declarado por la Exma. Cámara a quo en | la resolucion recurrida de foja 47€ vuelta.

Sabiniano Kier.

2. Failo de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 27 de 1898.

Vistos y considerando : Que para ser procedente el recurso . autorizado por el artículo catorce de la ley de jurisdiccion y competencia, es necesario que la sentencia apelada para ante esta

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Año: 1898, CSJN Fallos: 76:70 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-76/pagina-70

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