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Año: 1927, Fallos: 148:215 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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en esta Corte, autos y á la oficina por el término de diez días commes e improrrogables a los efectos del art. 8" de la ley Ne 4055, señalindose los días hmes y viernes o el siguiente día hábil si alguno de ellos no lo fuere para notificaciones en la oficina. Notifíquese y repóngase el papel. . .

4 J. FiGuEROA Arcorta. — Ramón Méxnez. — Ronexto Reretto.

— M. LAURENCENA. :

Don Alberto Iribarne, apoderado del Partido Sociulista, mterpone recurso de queja contra la Junta Electoral de la Capital. y Smmario: La Junta Electoral de la Capital no reviste los caracteres de un tribunal federal organizado por la ley para y resolver litigios en segunda instancia. ni puede equipararse en razón de sus funciones a los tribunales a que se refieren el artículo 6" de la ley 4055 y 14 de la ley 48, por lo que no proceden los recursos previstos en los artículos 14, ley 48 y 3" de la ley 4055, contra una resolución de la misma que procedió a sortear entre los candidatos electos para concejales, a los que habían de durar dos años en sit mandato.

Caso: Lo explica el siguiente:

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Año: 1927, CSJN Fallos: 148:215 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-148/pagina-215

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