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Año: 1938, Fallos: 180:148 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RECURSO EXTRAORDINARIO: MATERIA AJENA

PRESCRIPCION DE ACCION PENAL — JURIS-

DICCIÓN: FUERO FEDERAL — DESACATO POR
LA PRENSA.
Sumario: 1 La preseripción de la acción penal opuesta eomo defensa ante la Corte Suprema, es materia extraña al recurso extraordinario, por lo que no corresponde al Tribunal decidir acerea de ella.

7 Corresponde a la justicia federal entender en el proceso por desacato cometido contra un Ministro de la Nación, mediante ona publ»icación efectuada en un dia rio (').

Juicio: Brimela Joss Isabel.

IMPUESTOS INTERNOS: RECURSO CONTENCIOSO —
ACCION CONTENCIOSA — JURISDICCIÓN: FUERO

FEDERAL — DEFENSA EN JUICIO,
Sumario: 19 Las resoluciones condenatorios que según el art.

27 de la ley N° 3764 autorizan a venrrir"por la vía contenciosa ante la justicia federal, no son las que liquidan un impuesto o determinan su importe, sino únicamente las que imponen multas, 2° No está permitido eludir por apelación ni por otro medio el pago de los impuestos a que se refiere la ley N" 3764, trabundo la percepción inmediata de la renta de que depende el regular funcionamiento de la Admi histración.

3 La justicia federal es ineompetente para concer en la demanda tendiente a obtener que se declare improvedente el vobro del impuesto liquidado por la Administración de Impuestos Internos, si aquél no ha sido pagado previamente, 4 La inviolabilidad de la defensa en juieio consiste en dar al litizante la oportinidad de sor oído y encon1) Fecha del fallo: marzo 25 de 1938, En el sentido del punto 19:

Vallos 157, 28; 175, 231; del punto 2 187, 121:177 , 1377 170, 36

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Año: 1938, CSJN Fallos: 180:148 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-180/pagina-148

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