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Año: 1938, Fallos: 180:152 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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A mérito de ello, corresponde desestimar la tacha de inconstitucionalidad tpoesta, y así lo solicito, — Juan Alvarez.


FALL DE ¿4 CORTE SUPREMA
Buchos Aires. marzo 25 de 1938, Y Vistos:

Los autos del proceso seguido contra Héctor José Brocaioli por infraeción a In ley N° 4097, vénida por el recurso extraordinario concedido a fs. 77 vta; y Considerando :

Que el defensor del procesado funda el recurso ante esta Corte en que la ley N" 4097, en cuanto considera como hecho punible la venta de boletos de ""quinielas" o loterías clandestinas, reconociendo como lícita la venta enando se realiza por el personal de la Lotería Nacional, es violatoria del principio de la igualdad ante la ley que establece el art. 16 de la Constitución Nacional, Que en la sentencia de fs, 60/64 confirmada por la Cámara de Apelaciones en lo Criminal, el señor Juez Correccional, aplicando la invariable jurisprudencin de esta Corte Suprema, ha dosestimado acertadamente la impugnación de referencia.

Que las consideraciones formuladas por el reeu rrente en el memorial de fs. SI, no desvirtúan los fundementos de aquel fallo ni demuestran, en modo alguno, la invoeada violación de la igualdad que asegurn el art. 16 de la Constitución Nacional, de acuerdo a la interpretación que uniforme y reiteradamente le ha dado esta Corte Suprema.

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Año: 1938, CSJN Fallos: 180:152 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-180/pagina-152

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