Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1938, Fallos: 181:250 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

250 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, agosto 3 de 1938.

Autos y Vistos: De acuerdo a la jurisprudencia de esta Corte Suprema (Fallos: 174, 74) y a lo dictaminado por el señor Procurador General, devuélvanse estas actuaciones al Juzgado de su procedencia. Repóngase el papel.

ANTONIO SaGAnNA — Luis Livanes — B. A. Nazan AnNCHORENA.


JURISDICCION: FUERO FEDERAL — INJURIAS POR
LA PRENSA.
Sumario: La justicia local es competente para conocer en las enusas sobre injurias cometidas por medio de la prensa (°).

Juicio: Río López Manuel, querella por injurias.


EXPROPIACIÓN: PRECIO — INDEMNIZACIÓN — IN-

TERESES — COSTAS.
Sumario: 19 La tasación de la Contribución Territorial así como la del Banco Hipoterario Nacional, si bien deben ser tenidas en cuenta, no pueden ser adoptadas para establecer el justo preeio de un inmueble, mueho menos en un easo en que éste no debe ser fijado en una suma inferior a la que costó a los dueños pocos años antes de la espropineón:

29 Para determinar el monto de lo que debe pa— (1) Peeha del fallo: Agosto 3 de 1938, En igual sentido: Fallos, 150, 310; 153, 195; 165, 259; 166, 293; 167, 3 y 121; 170, 196,

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

6

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1938, CSJN Fallos: 181:250 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-181/pagina-250

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 181 en el número: 250 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com