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Año: 1939, Fallos: 183:356 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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PROTESTA: REQUISITOS — ALCANCE,
Sumario: 1" La protesta es un requisito indispensable para la procedencia de las dende sobre repetición e pagudas en concepto de impuestos.

2" Uno de los fines principales de la protesta consiste +. en conocimiento de los gobiernos la disconformi de los contribuyentes con el gravamen que se les cobra, para evitar la inversión de esa renta o para darle la oportunidad de arbitrar los recursos tendientes a obviar los inconvenientes que traería aparejada la repetición.

3 La protesta única ampara a los pagos ulteriores efectuados en concepto del mismo impuesto, cuando en ella se ha manifestado expresamente que se la hacían extensiva a aquéllos, pero es ineficaz euando no contiene referencia alguna a los mismos.

Juicio: Llames Hermanos v. Provincia de Buenos Aires sobre repetición, Caso: Resulta del siguiente:


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, abril 28 de 1939.

Y vistos: Los autos seguidos por "Llames Hnos." contra la Provincia de Buenos Aires, sobre repetición «le lo pagado por impuesto al consumo, de los que resulta: , Que a fs. 11 don Octavio Rivarola como apoderado de los señores "Llames Tnos." demanda a la Provincia de Buenos Aires para que se la condene a devolver, con intereses y costas, la suma de $ 10,040.20 m'n., pagada hajo protesta en concepto del impuesto creado por la ley N° 3907, fundado en que el gravamen de referencia es violatorio de los arts, %, 10, 11, 12 y 67, ine, 12 de la Constitución Nacional. —

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Año: 1939, CSJN Fallos: 183:356 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-183/pagina-356

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