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Año: 1939, Fallos: 185:12 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FRANCISCO MASCHIO v, MUNICIPALIDAD DE LA
CAPITAL
RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución.

Las cuestiones no comprendidas en el recurso extraordinario interpuesto para ante la Corte Suprema, son ajenas a la decisión que ésta debe pronunciar en el caso.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Materia ajena, Constituciones 4 leyes locales. Impositivas.

La dilucidación de sí los gravámenes en litigio son tasas 0 impuestos, así como el alcance de las facultades de la Municipalidad de la Capital para el establecimiento de los segundos, son cuestiones euya resolución depende de la apreciación de los hechos analizados por el fallo y de la interpretación de la ordenanza impositiva y de las leyes orgánicas de la Capital, que esta Corte no puede revisar en la instancia extraordinaria, mientras no se alegue, en cuanto a la segunda, que está en conflicto con la Constitución o leyes nacionales, CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inepustituciowalidad. Ordenanzas municipales,

IMPUESTOS MUNICIPALES.
Habiéndose resuelto en la sentencia recurrida que según la ordenanza municipal de impuestos para la Capital Federal en el año 1933 es el propietario del local o caballeriza quien está obligado a pagar el derecho de inspección e higiene por los "studs"" —euestión irrevisible en la instancia extraordinaria— no puede fundarse la inconstitucionalidad del gravamen en un supuesto exceso de su decreto reglamentario al establecer expresamente aquélla obligación.

CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e invonstitucionalidad, Constitución y leyes nacionales. Varias, + IMPUESTOS: Faenltades impositivas, MUNICIPALIDADES: Facultades. .

El otorgamiento de poderes de imposición local efectuado por el Congreso Nacional a favor de la Municipalidad de

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Año: 1939, CSJN Fallos: 185:12 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-185/pagina-12

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