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Año: 1949, Fallos: 214:93 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Resulta:

El Procurador Fiscal en representación de Parques Nacionales inicia demanda por expropiación de dos solares que más adelante se individualizarán, contra la mencionada sucesión, consignando la suma de $ 14.012 m/n. en que están avaluados por la Municipalidad para el pago de la contribución territorial, y requiriendo la inmediata entrega de la posesión Era efectiva en noviembre de 1941, según constancias En la audiencia de fs. 21 el Procurador Fiscal reproduce la demanda y la sueesión Capraro por intermedio de su apoderado Dr. Emilio De Rege, se allana a la misma, limitándose únicamente a objetar el precio fijado a los terrenos. En consecuencia cada parte "Propone UE perito tasador, designando el Juzgado al Señor Ernesto Schumacher por la sucesión Capraro y el Ingeniero Mignacco por parques nacionales. Además el Dr. De Rege solicita como prueba una certificación del actuario sobre el importe de la venta de un lote habida en un juicio sucesorio y para que el Escribano Bustos Grandoli informe sobre operaciones de ventas de terrenos registradas en su protocolo. Ambas certificaciones obran a fs. 23 y 24 y los peritajes a fs. 32 y 33. Ilabiendo entre estos últimos una disparidad tan grande, el Juzgado designó perito tercero al Ingeniero Papini, que se expide a fs. 41; llamándose a fs. 41 vta.

autos para sentencia.

Se solicita la entrega de los fondos depositados y el juzgado lo ordena a fs. 61 vta. Con el certificado de fs. 43 y sigtes.

la sucesión acredita el dominio de los inmuebles. El Dr. Roberto De Rege por doña Rosa Maier de Capraro, heredera de la sucesión demandada, solicita se tenga presente que a su mandante le han sido adjudicados los solares en cuestión y acompaña como justificativos el testimonio de su hijuela ya inscripto en el Registro de la Propiedad. Este letrado hace presente que los fondos retirados por el apoderado de la sucesión Capraro los ha percibido su instituyente y solicita después que la acción de expropiación se declarase desviada contra la heredera que representa. Ilabiendo manifestado conformidad el apoderado de la sucesión y el Sr. Proc. Fiscal, el juzgado dicta a fs. 61 vta. un auto en que se declara que el juicio debe proseguirse contra doña Rosa Maier de Capraro.

Considerando :

1") Habiéndose allanado la demandada a la expropiación, la controversia se limita a la fijación del valor de los terrenos.

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Año: 1949, CSJN Fallos: 214:93 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-214/pagina-93

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