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Año: 1949, Fallos: 214:98 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 23 de junio de 1949.

Vistos los autos "Dirección de Parques Nacionales v. Suc, de Primo Capraro s.| expropiación", en los que se ha concedido a fs. 92 vta. el recurso ordinario de apelación.

Considerando:

Que en este juicio se demanda la expropiación de 3.503 mts? de terreno comprendidos dentro del lote agrícola 46 cn el ejido de San Carlos de Bariloche, Departamento del mismo nombre, Territorio Nacional de Río Negro, con el objeto de proseguir la construcción de la Avenida Costanera de la localidad que partiendo de Estación Bariloche va a empalmar con el camino Internacional, pasando por la península de Llao Llao, dentro del Parque Nacional de Nahuel Huapí. Se efectúa un depósito de $ 14.012 en concepto de pago por la expropiación, correspondiente a valor fijado para Contribución Territorial por intermedio de la Municipalidad de Bariloche.

Que no estando conforme la demandada con la su- , ma ofrecida se designan peritos por ambas partes. El de la actora estima el valor del terreno en $ 15.840, teniendo en cuenta, dice, las operaciones de compra-venta realizadas en las inmediaciones. El perito de la demandada en $ 59.500 tomando como base, según lo afirma, el precio que sc abona en la actualidad por los terrenos aptos para lugares residenciales en la localidad de Bariloche adyacentes al lago Nahuel Huapí y en las cercanías del centro cívico. A su vez el perito"tereero fija el valor en $ 31.680 sin fundar su estimación. La Municipalidad de Bariloche informa que, la mayor extensión

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Año: 1949, CSJN Fallos: 214:98 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-214/pagina-98

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