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Año: 1950, Fallos: 216:69 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MENTS "KUHLMANN" v. LUCIANO AUGE
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio, Principios generales. —.

La garantía constitucional de la defensa en juicio no impide que la ley reglamente las condiciones necesarias para actuar como querellante en las causas criminales y excluya a los supuestos damnificados residentes en el extranjero.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad.

La garantía constitucional de la igualdad no se opone a que la ley reglamente las condiciones necesarias para actuar como querellante en las causas criminales y excluya a los supuestos damnificados residentes en el extranjero. :

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho de propiedad.

El derecho de propiedad que asegura la Constitución Nacional no resulta vulnerado porque la ley procesal inhabilite para actuar como querellante en la causa eriminal a los supuestos damnificados residentes en el extranjero.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Normas extrañas al juicio. Disposiciones constitucionales.

No procede el recurso extraordinario fundado en la violación de las normas constitucionales que aseguran la defensa en juicio, la igualdad y la propiedad, contra la sentencia que interpreta las normas procesales respectivas en el sentido de que el mandatario de los directores de una sociedad foránea, domiciliados y residentes en el extranjero, carecen de personería para querellar criminalmente en el país sobre la base de un poder otorgado también afuera. : .


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

La sentencia recurrida, que niega a la sociedad apelante la posibilidad de actuar como parte querellante en

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Año: 1950, CSJN Fallos: 216:69 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-216/pagina-69

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