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Año: 1950, Fallos: 217:207 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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JACOBO YASKY


PROCURADOR.
La Corte Suprema está facultada para comprobar la idoneidad del candidato para el desempeño de la procuración, mediante la apreciación de los antecedentes de conducta del interesado, aunque ésta sea penalmente irreprimible.

No existiendo error en la apreciación de los hechos en que se fundó la resolución denegatoria de la inscripción en la matrícula de procuradores no procede modificar lo decidido al respecto.

FALLO DE LA CORTE SUPREMA .
Buenos Aires, 26 de junio, Año del Libertador General San Martín, 1950.

Vistos los autos: "Yasky Jacobo — su información", para decidir con respecto a lo solicitado a fs, 18.

Y considerando:

Que con arreglo a lo expresado en la resolución de fs. 16, asiste al Tribunal la facultad de comprobar la idoncidad del candidato para el desempeño de la procuración.

Que se trata según quedó establecido en el precedente de Fallos: 207, 22 de la posibilidad de la ponderación de los antecedentes de conducta del interesado, la que, aunque penalmente irreprimible, figura entre las circunstancias a considerar por esta Corte como custodia de la matrícula, con prescindencia del derecho penal y de la definitiva fuerza de lo decidido en los procesos respectivos. ,

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Año: 1950, CSJN Fallos: 217:207 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-217/pagina-207

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