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Año: 1959, Fallos: 243:570 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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so FALLOS DE LA CORTE SUPREMA TRIBUNAL MUNICIPAL 1£ FALTAS .

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Competencia originaria de la Corte Suprema. Agentes diplomáticos y consulares. Cónsules extranLa competencia originaria ' la Corte Suprema está reservada a las
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euieier Ralieo, Y amper qle fe trate de Media e arios ED ejertic de (mcienes propinn'en que ar eneatine ma 1 civil Ll En consecuencia, es ajena a la competencia originaria de la Corte 'a causa instruida con motivo de una presunta infracción de ordenanzas del tránsito cometida por un vicecónsul extranjero (1).

— (1) 29 de mayo. Fallos: 241:183 ,

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Año: 1959, CSJN Fallos: 243:570 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-243/pagina-570

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