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Año: 1967, Fallos: 267:534 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CAMBIO.
Ver: Recurso ordinario de apelación, 7.

CASAS BARATAS (').
1 Ni las leyes 9677 y 14277 —arts. 2 y 4— ni los contratos de loeación acordaron una opción de compra a favor de los inquilinos de las viviendas construidas y habilitadas por la Comisión Nacional de Casas Baratas: p. 182.

CAUSA OLVIL.
Ver: Jurisdicción y competencia, 17, 18, 19, 20, 32.

OBSANTIA.
Ver: Empleados públicos, 3, 4, 5; Recurso de amparo, 12; Recurso extraordinario, 68; Superintendencia, 5.


CIUDADANIA Y NATURALIZACION.
2. El extranjero naturalizado que invoca la ciudadanía de origen en ocasión de un viaje a su país natal, ocultando la ciudadanía argentina adquirida, renuncia tácitamente a ex'a últims y la pierde: p. 478.

COLOMIZACION.
Ver: Banco de la Nación, 1; Recurso extraordinario, 34, 75.


COMISION NACIONAL DE CASAS BARATAS.
Ver: Casas baratas, 1.

COMINO.
Ver: Aduana, 1; Recurso ordinario de-npelución, 14.

COMPRAVENTA (:).
1. La cireunstancia de que en el contrato de compraventa de medicamentos eelebrado por la Provincia de Santiago del Estero no se haya seguido el procedimiento de la licitación determinado por los arts. 32 de la Constitución de la Provincia y 70 de la ley de contabilidad loenl, no impide, por aplieación de la teoría del enriquecimiento sin enusa, condenarla a pagar el valor de la mercadería recibida y que no ha ofrecido devolver: p. 162.

2. Si la oferta de venta de las viviendas construidas por la Comisión Nacional de Casos Baratas, formulada por el Banco Hipotecario Nacional a los inquilinos, con indicación de precio y forma de pago, fue rechazada por éstos en cuanto a precio y demás condiciones de la operación, no medió neuerdo de voluntades que dé origen a la obligación de escriturar, sino la contrapropuesta de un nuevo contrato. Corresponde revocar la sentencia que condena al Banco Hipotecario — (a) Ver también: Compraventa, 2; Recurso extraordinario, 36.

2) Ver también: Casas baratas, 1: Recurso extraordinario, 14.

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Año: 1967, CSJN Fallos: 267:534 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-267/pagina-534

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