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Año: 1968, Fallos: 270:319 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FUNCIONAMIENTO DE LOS NUEVOS JUZGADOS NACIONALES

DE PAZ, NOMBRAMIENTO Y PROMOCION DE EMPLEADOS
En Buenos Aires, a los 8 días del mes de mayo del año 1065, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Doctor Don Eduardo A. Ortiz Basualdo y los Señores Jueces Doctores Don Roberto E, Chute, Don Mareo Aurelio Risolía, Don Lais Carlos Cabral y Don José F. Bidan, Consideraron :

Que por Acordada de 17 de abril ppdo. esta Corte autorizó un reajuste de entdites en el Aeempuento del Poder Toñdal y fin de abreviar los trómitrs gts la dy LTDA, de qe es : ..

Pr Que la resolución administrativa N° 34 de abril, ha hecho, efectivo dicho reajuste. Y, como por atra parte, los locales atribuidos a los nuevos jusgados en el edificio de la ealle Paraguay n° 1536 se encuentran en condiciones de ser habilitados, prosede disponer las medidas necesarias para que diehos tribunales comiencen a funcionar.

Resolvieron :

1) Comunicar a las Cámaras Nacionales de Apelaciones en lo Civil y de Paz, que los empleados de las Fiscalías en lo Civil y Comercial números 5, 6, 7 y 8, suprimidas pr. E de le MA di pour a dele de ln Cámara mencionada en segundo término a fín de que los adjudigue, un rebajar su estegoría, a los nuevos juzgados del fuero.

2) Hacer saber a la Cámara Nacional de Apelaciones de Paz que —con la salvedad que se indicará en el ine. 3 de esta Acordada— deberá proceder a cubrir los restantes eargos mediante la promoción de los empleados del fuero con arreglo a las normas reglamentarias vigentes y previa propuesta de los magistrados tituMare de los narcos ¿eeqades. Tentisa Delft compre e de empidradión de Cámara la promoción al cargo inmediato superior empleados exfiscalias al tendiendo a las circunstancias de incorporados al fuero, al a _— 3) Los empleados a las categorías de avviliar mayor Af prop dae ón] dos para cada juzgado) serán designados por la Corte Suprema —en uno de ta attibucones Eines pre e e0t: Te de la ley A760= mEleDe el tleio de personal de la "Seeretaría de Registro de Enrolados" de La Plata.

4) En razón de no mediar equiparación entre las referidas ealegorías de Auziliar Mayor de 2 y Ausiliar Mayor de > (P. A.) —propias de la detación corriente de los Juzgados de Paz— con la última categoría de personal edministrativo de dicha "Secretaría de Registro de Empleados" —Auzillar Mayor de

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Año: 1968, CSJN Fallos: 270:319 
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