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Año: 1973, Fallos: 287:369 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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N9 124802/71— que modernizará la casa y, con la ampliación Je sus dependencias, asegurará por ahora y en el futuro el cumplimiento digno y adecuado de la función del tribunal, Creo que estos trabajos sí deben realizarse. Tanto el edificio como los muebles y útiles y los ámbitos interiores, demuestran cuidado de los funcionarios, Biblioteca. La biblioteca es de un mínimo correcto, pero la limitación de los pedidos dispuesta por resoluzión de la Corte el 21 de diciembre de 1971 sólo a Códigos y a tomos complementarios de las obras ya recibidas, excluye la bibliografía actualizada, que estimo debe hacerse efectiva modificando la predicha resolución. También del diálogo con el Juez y funcionarios resultó necesario el envío inmediato a los tribunales, de los Fallos que se consideraban tipos, producidos por la Corte Suprema, dado que los fascículos y tomos de Fallos aparecen con cierto retardo, Las relaciones con los tribunales de alzada, en el caso, la Cámara de Córdoba, se considera muy buena y en lo que respecta a la Corte Suprema, fue observado con gran satisfacción por todo el cuerpo del juzgado, que por primera vez —afirmaron— en la historia del tribunal, un Ministro de la Corte Suprema realizaba esta visita, En orden al personal judicial, el tribunal solicita la creación de los cargos especificados en la nota elevada a la Corte Suprema el 14 de abril de 1972 y expuestas en la visita por él señor Juez Federal. Es evidente la necesidad de crear esos cargos, pues en el Juzgado hay dos secretarías y personal sólo para una, tramitándose 268 causas penales y de 5.000 a 9.000 causas civiles y comerciales anuales.

Los libros de entrada, los de sentencia, las causas en trámite y las archivadas, evidentemente, son objeto de diligencia continua, y presentan el mejor orden.

El Juez y los funcionarios que forman el tribunal han desempeñado tareas por largos años en la Justicia en distintos lugares del país. Así, el Dr. Nores Martinez en 1945 estuvo en Neuquén, en 1949 en Roque Sáenz Peña y entre los años 1952 y 1955 en que fue dejado cesante en sus funciones —por causas políticas en la misma ciudad de Bell Ville. La circunstancia referida de desempeñar sus cargos en diversos lugares del país, ha creado en ellos espiritu de cuerpo y se sienten miembros o parti eipes de la carrera judicial nacional. También y por aplicación que hacen

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Año: 1973, CSJN Fallos: 287:369 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-287/pagina-369

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