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Año: 1973, Fallos: 287:370 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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de una misma ley y ordenamiento judicial, se ha desarrollado una especialización que se vuelve en provecho de la eficacia de la alta labor que se cumple.

La justicia federal es respetada en el medio social y existen armónicas y eticaces relaciones con las autoridades y con las instituciones vinculadas a la actividad judicial, como con los Tribunales de la Provincia.

Igualmente encuentran el apoyo y colaboración necesarios en los hospitales e instituciones de asistencia de la región, todo lo cual crea una co participación viva y acepta en la opinión pública y en los medios de difusión, ya sea escrita u oral.

Respecto a la furisdicción del tribunal, se observa una anomalía que al final de este informe propondré el modo de subsanarla con un anteproyecto de ley que si la Corte Suprema lo aprueba, podrá elevarse a sus efectos legales, al señor Ministro de Justicia de la Nación. Consiste ésta en la circunstancia de que los habitantes de los departamentos San Alberto y San Javier están distantes más de 500 km. del tribunal cuya jurisdicción les corresponde y de por medio con territorio provincial perteneciente a la jurisdicción de los tribunales de Córdoba. Debe agregarse además, que la población de estos departamentos está separada de la sede de los tribunales por las Sierras Grandes de Córdoba y que no tiene medios de movilidad pública directa y que, por tanto, quienes necesitan de la justicia, deben viajar a la ciudad de Córdoba para luego trasladarse a Bell Ville, Si la Justicia ha de administrarse sin dificultades y sin que la protección del Estado o la seguridad de las leyes requiera gastos y, a veces, superar dificultades graves, es indudable que en este caso todas estas objeciones obran en sentido contrario al debido institucional por la anomalia apuntada y cuyos antecedentes legales expondré al final de este informe para su modificación, La justicia federal es respetada en la conciencia social y se la considera como una efectiva garantía de los derechos privados y públicos, representativa de la Nación y de las leyes de la República.

Es de hacer notar que hay una tradición jurídica significativa, formada por la honestidad y reconocida competencia de jueces federales que desde 1910 prestigiaron el Tribunal.

La Obra Social del Poder Judicial no presta ningún servicio en la jurisdicción de este juzgado federal. Es de notar que inclusive para toda gestión —por ejemplo, vacaciones— tienen que dirigirse a la sede enla

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Año: 1973, CSJN Fallos: 287:370 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-287/pagina-370

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