Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1885, Fallos: 29:16 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

ja 57; siendo esplicable esa atencion prestada á ese billete, respecto de los testigos D. Herman Murset y D° Carolina Zinder, por haber comprado esta última á Reiss en presencia de MurBet un quinto del billete número mil quinientos treinta y nueve que tambien obtuvo premio como aproximacior del 1538; Décimo octavo : Que los testigos D. Roberto Shon, á foja 51, D. Federico Foltzer, á foja 53, D. Pedro Schmitz, á foja 56, y D, Julio Flades, 4 foja 57, afirman uniformemente que en la tarde del dia 22 de Diciembre de 1883, dia en que tuvo lugar 1s estraccion de la lotería en que obtuvo el premio mayor el billete número 4538, D. Leopoldo Reiss, que aparecia muy afligido, les dijo: Que él tenia el billete número 1538 que habia obtenido el premio mayor, y que no podia encontrarlo por no recordar dónde lo había guardado; declarando el testigo D. Hernan Schliejir, á foja 50, que esto mismo le contó D. Roberto Shon, en ese mismo dia ó en el dia siguiente; Décimo noveno : Que el testigo D. Cristian Harms, declarando al tenor del interrogatorio de foja 47, dice: Que es cierto que en Febrero compró 4 Reiss un diarin ilustrado escrito en ale— man; que, al hojear ese diario, se encontró dentro de él un biete de loteria, del que se apoderó Reiss, ignorando si ese biMete era: el número 1538, y sin saber entonces que Reiss hubiera perdido tal billete; Vigésimo : Que declarando al tenor del interrogatorio de foja 49 los testigos D. Roberto Shon y D. W. Tietjen, afirman:

1° Que cuando el Sr. Shon se presentó, comisionado por D. Leopoldo Reiss, á recabar de D. Juan Ereñú el billete número 4538, premiado en la estraccion del 22 de Diciembre, retenido por dicho Ereñú, éste contestó: que no podia hacer la entrega del billete, por haberle sido entregado nó por Reiss sino por otra persona á quien había otorgado recibo, y lo que tendria que exigir de dicho Reiss su comisión de cobranza: 2" Que D. Juan Ereñú manifestó tambien en ese acto, que la persona de quien

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

8

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1885, CSJN Fallos: 29:16 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-29/pagina-16

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 29 en el número: 16 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com