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Año: 1981, Fallos: 303:596 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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596 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA No encuentro por lo expuesto, que resulta aplicable en la especie el criterio de la Corte en la causa "Bartos y Cía. Empresa Constructora SAL. c/A. G. de Obras Sanitarias de la Nación s/nulidad de resolución" B. 689, L. XVII, del 20 de diciembre de 1979, doctrina ésta que solamente es aplicable ul caso en que, frente a un auto similar al de ls. 839, el único agravio propuesto sea el referido a la arbitrariedad.

Conceptúo, por lo expuesto, que corresponde declarar la improcedencia del remedio federal intentado. Buenos Aires, 4 de agosto de 1980. Mario Justo López.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 28 de abril de 1981.

Vistos los utos: "Agostini de Dellepiane, María C. c/Nación Argentina s/nulidad de resolución".

Considerando:

19) Que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal y Contenciosoadministrativo —Sala en lo Contenciosoadministrativo N 1— revocó la sentencia de la anterior instancia y, consecuentemente, declaró "la nulidad de las resoluciones del Ministerio de Cultura y Educación Nros. 2322 y 1614 del 1 de octubre de 1973 y 3 de abril de 1974, respectivamente, ordenándose la reincorporación de María Carmen Agostini de Dellepiane a las cátedras de que era titular en los Liceos Nacionales de Señoritas Nros. 1 y 12, con el pago de los haberes caídos desde el momento de la cesantía y hasta la fecha en que se cumpla aquella medida" (fs. 825 vta.); mandó asimismo "cubrir la depreciación monetaria" y pagar intereses a la tasa del 6 anual en la forma que indica; puntualizó además que "la orden de reincorporación no aicanza a las cátedras que la actora desempeñaba en el Liceo N° 1 en calidad de suplente, interina o en forma provisoria" (ibídem), e impuso las costas de ambas instancias ordinarias a la parte demandada.

2") Que para arribar a la conclusión antedicha, la Cámara analizó las actuaciones sumariales que culminaron con las medidas expulsivas dispuestas en las Resoluciones del Ministerio de Cultura y Educación

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Año: 1981, CSJN Fallos: 303:596 
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