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Año: 1987, Fallos: 310:1931 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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JURISDICCION, Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por las. personas.

Entidades autérquicas nacionales. o :

La mera intervención del Banco Central, entidad autárquica de la Na: ción, en un proceso, "en carácter de liquidador de una institución de crédito, no basta para atribuir su conocimiento a la justicia federal, espe- :.

cialmente cuando no sc configuran "prima facie" situaciones que puedan perjudicar directamente al patrimonio nacional, desde que no se encuen- tra en discusión su responsabilidad por dicha gestión, ni por el régimen de garantía de los depósitos en moneda nacional, ni surge que la con— troversia se ver sustancialmento regida y. sujeta a la aplicación e interpretación de las leyes especiales de la Nación que norman el régimen .

de las entidades financieras (1). - - ,
INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES rana El. PERSONAL
me A INDUSTRIA DE La CARNE y AFINES ° JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia jederal. -Por la materia.

Varias. - - Es competente la justicia fedoral para conocer en el juicio promovido contra el Instituto de Servicios Sociales para el Personal de la Industria de la Came y Afines creado por la ley 18.257, por cobro de facturaciones médico-asistenciales. Toda vez que el Congreso de la Nación crea un ente destinado a cumplir finalidades de la política social o económica que el legislador federal está autorizado a trazar, sé halla presupuesto el derecho de preservar para la justicia nacional 'el conocimiento de las causas gre 7 deriven de su funcionamiento (2). 1) Fallos: 300:1252 ; Causa: "Compañía Financiera Castelar c/Machado, Jorgo Horacio s/ejecución", de fecha 14 de octubre de 1986.

(2) 29 de septiembre. Fullos: 310:1560 . .

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1931 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-310/pagina-1931

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