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Año: 1988, Fallos: 311:1154 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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..FALLODELACORTE SUPREMA o . Buenos Aires, 38 de junio de 1988.

Vistos los autos: "COMENSA (Compañía Mendocina S. A.) c/ Pcia.

de Mendoza s/ a.p.a.". . o Considerando: .

- Que esta Corte comparte y hace suyos los términos y conclusiones del dictamen del señor Procurador General, los que se dan por repro ducidos en razón de brevedad. — — Porello, se declara improcedente el recurso extraordinario; con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

, " AUGUSTO César Beruscio — Cartos S. FAYr — ; - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — - .- JoraE ANTONIO BACQUÉ.

COMPAÑIA FINANCIERA SALADILLO S. A. v. BANCO CENTRAL DE LA — REPUBLICA ARGENTINA — E.

ENTIDADES FINANCIERAS." - . Habiéndose consentido el auto que declaró la quiebra de la entidad financiera en un proceso distinto, carece de virtualidad decidir acerca de la ilegitimidad de la ° _ resolución del Banco Central que le revocó la autorización para funcionar (1).

"DIRECCION.NACIONAL nx RECAUDACION PREVISIONAL v. PROVINCIA nr SANTA FE .

EXCEPCIONES: Tnhabilidad de título. . - Debe desestimarsc la excepción opuesta por la provincia a la ejecución, fundada en que se indicó como ejecutada a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Fe, pues sin lugar a dudas sc puede inferir la correcta identidad de la persona del 198 dejunio. D

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:1154 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-311/pagina-1154

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