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Año: 1888, Fallos: 33:23 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CAUSA XII
D. Enrique Fay contra D. José M. Videla, por cumplimiento de un contrato; sobre embargo preventivo.

Sumario. — No procede el embargo preventivo, cuando no se hace mérito de circunstancia alguna que lo autorice.

Caso. — D. Enrique Yay demandó úá D. José M. Vidola por cumplimiento de un contrato sobre semilla de lino, por el cual había adelantado 4 la extinguida razon social Videla y Graves la suma de 17.000 pesos moneda nacional, y pidió se le condenara Áá cumplir el contrato, ó 4 devolverle los 17.000 pesos.

Enotrosf, pidió embargo preventivo, solicitando que el corredor D. Adolfo Pless espidiera copia del contrato autorizado por él.

Falle del Jues Federal Rosario, Enero 13 de 1885.

Háse por acreditado, sin perjuicio, que el caso correspondo á la jurisdiccion nacional; y por interpuesta la demanda, traslado de

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Año: 1888, CSJN Fallos: 33:23 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-33/pagina-23

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