e O mau IS O A E NA Er PALLOS DE LA SUPREMA CORTE Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Jrilio 28 e 1592, Vistos en el sicuerdo:
No siendo apelable el anto á que Se refiere el presente recurso, con arreglo -4 lo dispuesto por el artículo 206 de a Ley Nacional de Procedimientos se declara no haber lugar 4 él; y repuestos los sellos remitirse estas actuay ciones al Juez de Seccion para que las mande agregar ! f sus alitecedentes:
BENJAMIN Paz. — Luis V. Va
RELA. — Ovravio BUNGE.
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Año: 1892, CSJN Fallos: 48:348
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