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Año: 1892, Fallos: 48:347 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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En $8 de Junio de 1891 se presentó el Señor Romero demandando al General Roca para que le abonára la suma de treinta mil pesos por perjuicios que dice le ocasionó.

Contestada la demanda y habiéndose llamado antos.

el Señor Romero pidió un juicio verbal en un largo escrito, contestando al mismo tiempo los hechos que se -— consignaban en la contestacion de la demanda y acompañando varios comprobantes para demostrar lo que alegaba.

En vista de esto y teniendo en ronsideracion el Juzgado que el escrito importaba una verdadera réplica á la contestacion de la demanda, que pretendia introducir el Señor Romero al juicio, bajo pretexto de solicitar el comparenido. lo que no es permitido por la ley de Procedimientos, dictó fundándose en esas consideraciones la providencia de foja 13, manilindosele devolver el escrito sin perjuicio de que pidiera el comparendo como "orrespondía. De este auto pidió en 24 de Marzo de 1897 reposicion ó apelación en subsidio en caso de que no se le hiciera Ingar al primer recurso. Como el Juzgado con sideraba no haber mérito alzuno para revocar por contrario imperio la providencia de foja 13, no hizo hugar al primer recurso y como no causaba gravamen alguno dicho anto á la parte y no entraba por consiguiente en el número de lo apelables. según lo establece el Código de Procedimiento. de acuerdo tunbien por lo resuelto por V. E. enla causa que figura en la serie 14, tomo 4, págit:

4:37 de los fallos, se negó el segundo recurso.

Es todo cuanto tengo que informar 4 V. E.

r Buenos Aires, Abril 20 de 1892.

Virgilio. M. Tedín.

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Año: 1892, CSJN Fallos: 48:347 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-48/pagina-347

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