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Año: 1892, Fallos: 48:350 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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1 Que en Noviembre del año ppilo.; el Secretario de 1 Legación de Chile en esta República: Don M. Sarratea Pinto, se me presentó solicitando que yo aceptase el encargo de inspeccionar los trabajos que hicieron en las máquinas del crucero de esa nacionalidad y Presidente Ercizuriz», los señores Harley y Cde Montevideo, é informar sobre su costo.

> Teniendo en vista la clase de persona que solicitaba mis servicios, acepté el encargo sin vacilar y envié ú bordo del mencionado buque, que se encontraba-en la dársena de nuestro puerto, al gerente de mi establecimiento, recomendándole la mayor proligidad en el eximen de esas obras y en su tasación, ; Y El dicho gerente. cuya competencia y formalidad 10 es del caso encarecer, estuvo en el «Presidente Errárizo el tiempo suliciente para llenar so cometido v en seguida de tener conocimiento exacto de las obras hechas por los señores Marley y C en- Montevideo, tomando todas las notas del caso, volvió «4 mis talleres y me pasó el informe correspondiente, Y Habilitado con esa informacion, dirigí «ida Legucion una carta comunicindole el juicio que había formado acerca de las obras y de la cuenta que cobraban los señores Harley y C°, y al mismo tiempo acompañaba un recibo por el honorario de mi trabajo. 5 Cuando yo esperaba el pago puntual de ese recibo y acaso algunas palabras de atención por la actividad con que me ocupe del encargo que se me hizo. me llega una carta del señor Sarritea Pinto enla que se permite desconocer la exactitud con que atendí su pedido y rehusa abonarme la módica comision que cobraba; 6 No quiero, Excma. Corte; calificar este proceder, y

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Año: 1892, CSJN Fallos: 48:350 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-48/pagina-350

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