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Año: 1904, Fallos: 99:355 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CAUSA LXII
Porta Miguel y Pujol José, contra la Provincia de Buenos Aires; sobre inconstitucionalidad del impuesto de guías y devolución de dinero.

Sumario. 1" Un poder que faculta gestiones para ante el Gobierno de una Provincia, autoriza al mandatario para ocurrir directamente ante la Suprema Corte. cuando en una cláusula se le faculta para presentarse «ante todas las autoridades y jueces que corresponda.» 2—Es improcedente la excepción de defecto legal en la demanda, cuando en ésta constan los nombres del demandante y demandado, la cosa objeto de la acción y los hechos en que se funda, aún cuando no se hayan observado extrictamente los requisitos enumerados en el artículo 57 de la ley de Procedimientos y hubiere errores en la cita de leyes ú disposiciones legales.

3-—La protesta al pagar un impuesto ú la reserva del derecho á exigir su devolución, hecha al verificar el pag», es un requisitu necesario para la procedencia de demandas de esta naturaleza. La exigencia de esa reserva no es contraria é lo dispuesto en el artículo 784 del Código Civil, y responde, con la del pago prévio, nó al propósito de constituir la prueba del abono del impuesto, sino al de no paralizar la recaudación que debe hacerse por las autoridades locales con ar

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Año: 1904, CSJN Fallos: 99:355 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-99/pagina-355

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