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Año: 1904, Fallos: 100:194 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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l cutante de que exista depositado en la Tesorería de la Prok vincia de Santa Fé un excedente de rentas del ejercicio de 1903 que no tiene imputación á las atenciones de los servi| cios públicos de la misma, y que, por otra parte, la ley de presupuesto manda que los sobrantes se imputen al manteF nimiento de diversas instituciones públicas; en otro escrito insiste en que la Suprema Corte declare que no procede el embargo trabado por tratarse de rentas afectadas ú los servicios públicos de la Provincia por leyes de In misma. El Tribunal dictó la providencia de tinslado y autos; contestado el trasindo proveyó; autos, como están llamados. En este estado el representante de la Provincia de Santa Fé presentó varios do:

eumentos para la mejor ilustración «de los puntos etestionados, los que se mandaror agregar ú los efectos que hubiere lagar. El ejecutante fundandose en que dictada la providencin de nutos en el recurso de reposición interpuesto por el representante de la Provincia de Santa Fé el Tribr al no puede permitir que se continúe presentando escrit —1i docu| mentos, pidió se revocara por contrario imperio |. — rovidencia que mandó agregar los documentados por el de..andado, La Suprema Corte pronunció el siguiente fallo:


FALLO DE LA SUPHEMA CORTE
Buenos Aires, Agnato 13 de 1904, Vistos:

El incidente promovido por el representante de la Provincia demandada en sus escritos de fs. 170 y 179, pidiendo se deje sin efecto la providencia pronunciada ú fs. 1172 vuel.a por la que se ordenó el embargo de bienes denunciados por el eje cutante; Y Considerando:

Que el embargo referido se ordenó con fecha 30 de Abril, hasta cubrir la suma de pesos treinta mil, por concepto de ca

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Año: 1904, CSJN Fallos: 100:194 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-100/pagina-194

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