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Año: 1905, Fallos: 102:278 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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las circunstancias que lo han rodeado, es justa la pena aplicada al mismo en la sentencia de ? Instancia, y acomodada ú lo prescripto en el inc. 1 del art %i del Código Penal vigente en la époea de la comisión del delito y aplicable al caso según el art. 15 del actual.

Por estas consideraciones y los concordantes del dictamen del señor Procurador General, y sentencia de fs. 130, se confirma ésta, con costas.

Notifíquese original y devnélvanse, A. Benueso, —Octavio BrsoE.— NicayoR (3. DEL SoLa.— MP.

Damacr.—U. Moyano Gacrrúa,

CAUSA LXANXN
Don Héctor Dellepiane contra ht Provincia de Santa Fe, por cobro ejecutivo de pesos; sobre ritación de remate é inhabilidad de titulo.

Sumario.—Subsistente el embargo de un crédito ú favor del ejecutado. reconocido por sentencia en juicio seguido por úste contra un tercero, es procedente In citación de remate, cualquiera que sea la intelizencia que deba darse al artículo 267 de la Ley Naciona! de Procedimientos ante la ob

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Año: 1905, CSJN Fallos: 102:278 
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