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Año: 1905, Fallos: 102:326 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Librado oficio telegráfico al señor Gobernador de Corrien tes, á fin de que no innovara el estado netual de cosas en el campo de la referencia comparecieron las partes al juicio l verbal de que instruye el acta de fojas y 195, en el que es presentaron lus documentos que corren de fojas 19 d fojas 194, y expedientes administrativos agregados, imnunifestándose en esa nudiencia, por el abogado del actor, Que el Gobierno de Corrientes, despues de dictar nu de creto administrativo aprobando las mensuras de Chapo y Carlevaro ú que hace referencia, había declarado campo tiscal la mitad de la estancia del doctor José Gregorio López mandándole medir y amojonar; que el agrimensor uombrado por el Gobierno había penetrado en el campo, cortando n/lam= bredos y plantando mojones, ejerciendo actos posesorios sobre la propiedad del doctor López; que el representante del Gubierno de Corrientes, reconocía la posesión del doctor Lo pez por mús de 20uños, lo que hacía inútil toda prueba respecto ú este extremo.

Que el Gobierno de Corrientes solo puede entender en los juicios contencioso mbninistrativos, no en los contradictorios que versan sobre desechos de los purticalares y que minuna relación de derecho tienen coa el yobierno, y de los autores que cita resulta, ú la evidencia, que siempre que se -hiera un derecho priviulo de terceros que no han tenido relaciones | de derecho con la administración, esta no ticue poder para decidir ui conocer en el asunto y si el doctor López lu coneurrido al juicio ha sido negando ul Gubierno la competencia para juzgarlo.

Que la mensura importa un acto pusesurio, según el urtículo 2384 del Código Civil y la jurisprudencia que cita, siendo de notar por la semejanza de los casos, la que se registra en el tomo 15 pág. 350 y tomo 5 pág. 113 de los fallos de la Suprema Corte, entre otros que se iudicuu,

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Año: 1905, CSJN Fallos: 102:326 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-102/pagina-326

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