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Año: 1907, Fallos: 107:187 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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dos por la provincia de Mendoza contra doña Elodia Peralta de Radriguez Llaca, sobre reivindicación.

Dignese Y, ls. neceder ú lo solicitado.

Es Lambien justicit, 8, A, Klappenback.—C. M. del Castillo,

PROVIDENUIA
Buenos Aires, Amsto 27 do 1905, No expresándose con suficiente precisión la neción que se entabla, pues que 4 f. 28 vuelta se manifiesta que :para reenperar los hienes de que han sido privados... promueven este litigio», y se agrega tn obstante que «oportunamente deducirán el interdicto que correspondas, manifiéstese en Lérminus claros y positivos la petición que se formula y se proveerú, Benueso,

ESCRITO
Suprema Corte, Buenos Años, Ayosto 31 de 1907, Carlos M. del Castillo, por las compañías de Ferrocarril Gran Oeste Argentino y Buenos Aires al Pacífico en los antos iniciados contra la provincia de Mendoza por incanstitucionalidad á Y. E. digo:

Que campliendo con lo mandado en el auto de 27 del corriente, vengo 4 manifestar que demando á la provincia de Mendoza, para que V. E. se digne declarar inconstitucional

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Año: 1907, CSJN Fallos: 107:187 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-107/pagina-187

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