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Año: 1922, Fallos: 135:5 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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rrocarril Pre ple error en la denominación de los lu dos los muelle nstalaciones les fueron objeto del proceci Sumario: 1 El gares en que se hallan ubi yas patentes fis mes e miento de apremio, nn vez corregido por el re Mo de ambas part obligaciones del que ade a estos, ni con 2" Para poder la exención de int puestos acordada por el artículo 8 de la le 5. «debe a tarse com arreglo a los articulo: EA) del reert de 30 de abril de 1905, reglamentario de dicha ley, qu muelle o instalaciones que se pretende exonerado de i puesto, forman parte del sistema perteneciente ferroviaria, con auto ión del Poder Ejecmt La circunstancia de no haberse hecho uso de un le durante un lapso de tiempo ten el cas no es razón atendible para eludir el pago de la respectiva pate cuando se trata de una concesión permanente y no ha mediado manifestación del conces de renunde equella.

endo anal la patente impuesta, es exigible en st totalidad, aún cuando sólo hayan estado instalados durante una parte del año los alambres carriles y canaletas.

Caso: Lo explican las piezas siguientes :

SENTENCIA DEI

ÑOR JUEZ FEDERAL,
Rotario, Junio 0 de 1919, Vistos estos autos seguidos por el Ferrocarril Provincial de Santa Fe contra el Fisco Nacional sobre cobro de pesos, resulta

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Año: 1922, CSJN Fallos: 135:5 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-135/pagina-5

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