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Año: 1932, Fallos: 164:132 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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12 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA y VISTA FISCAL Señor Júez:

En mi opinión, la enestión /e incompetencia de jurisdicción planteada a fojas 64 por el Procurador Eduardo G. Pérez, en representación de doña Maria Soube'et de Muraciole, no es procevlente, por cuanto la acción que se instinra en estos autos y que consiste en la reinscripción de hipoteca a que se refiere en el primer párrafo del escrito de fojas 1, tiene estre-ha vinentación con los autos ejecutivos número 29537 caratulado Jusé A.

Puebla contra Luis E. Moretti de ese mismo juzgado y que se tienen a la vista, Encuentro perfectamente atinada la argumen tación desarrollada por la parte actora en el escrito de contes tación 3 3 excepción, corriente a fojas 76 y aplicables en el sub judice" los preceptos legales alli invocados, por lo cual co rresponde el rechazo de la excepción opuesta. — Despacho, Marzo 10 de 1931. — ,1. Castañeda,
AUTO DEI, JUEZ EN LO CIVIL Y MINAS
Mendoza, Juli» 27 de 1931 — Y Vistos:

Estos autos número 20.335, caratuados "Puebla, don José A. contra Eduardo Carette y otros por reinscripción de hipoteca", venidos para resolver la excepción difatoria de incompetencia de jurisdicción promovida por don Dardo G. Pérez a :

fojas 04, en represemación de doña Maria Elena Sonbelet de Muraccionie, que fué contestada a fojas 77 por don Juan de Dios Gatica, por el actor, habiéndosela declarado de puro derecho a fojas 83 vueta y sobre la cinl expidióse el Ministerio Fiscal a fojas 85: y

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Año: 1932, CSJN Fallos: 164:132 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-164/pagina-132

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