Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1939, Fallos: 184:6 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

merales, La ley N" 11.287 grava a todo acto que exteriorice la trasmisión gratuita de los bienes y no a éstos propiamente diehos, que, según st naturaleza y características están sujetos a otros tributos, TMPUESTO A LA TRANSMISION GRATUITA: Principios yemerules, El fundamento del impuesto a los actos de transmisión de bienes, se encuentra en la garantía que el Estado presta a las transacciones sociales, IMPUESTO A LA TRANSMISION GRATUITA: Hienes impomibles,

CEDULAS HIPOTECARIAS,
La ley N" 12,136 no se opone a la aplicación de un impues1o al acto de la transmisión de las cédulas hipotecarias a título gratuito, como es el que establece la ley NT 11.287, IMPUESTOS: Normas impositicas. Interpretación, Las exenciones de impuesto deben ser interpretadas con eriterio restrictivo, IMPUESTOS: Normas impositivas. Interpretación, La interpretación de las leyes impositivas de un sistema politributario debe tender al emana ibrio de a la perfección del mismo, debiendo examinarse cada gravamen con relación a los demás que forman el conjunto imposi tivo sin que las exenciones de unos pueda servir para que otro deje de percibirse sobre su objeto o matería imponible especial en su oportanidad y con el fin para que ha sido creado.


SENTENCIA DE 1' INSTANCIA
Buenos Aires, mayo 24 de 1937.

Vistos y Considerando: Observan las herederas la liquidación practicada por el representante del Consejo Nacional de Educación a fs. 151, en cuanto incluye entre los bienes que de

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

10

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1939, CSJN Fallos: 184:6 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-184/pagina-6

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 184 en el número: 6 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com