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Año: 1939, Fallos: 184:67 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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JOSE M. RODRIGUEZ, SUCESION
JURISDICCIÓN: Fuero ordinario. Civil.

Declarada vacante la sucesión por no haber comparecido heredero alguno, la circunstancia de que el enusante haya tenido su último domicilio en la Capital o en un territorio nacional es indiferente a los efectos de determinar el juez competente para entender en el juicio sucesorio, que debe ser tramitado ante los tribunales de la capital — domicilio el Consejo Nacional de Educación — por aprieación analógica del artículo 3285 del Código Civil (1).


AUGUSTO SANTURIO y, JOSE SONZINI Y OTRO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal. Leyes del Congreso, Procede el recurso extraordinario contra la sentencia denegatoria del fuero federal, RECURSO EXTRAORDINARIO: Procedimiento.

Es procedente la apertura del recurso extraordinario denegado y la decisión simultánea del asunto controvertido,
OBRAS SANITARIAS DE LA NACION,
La repartición Obras Sanitarias de la Nación es una entidad administrativa local en cuanto ejerce su neción en la Capital Federal, y nacional cenando aetúa fuera de los límites de ella en ejecución de leyes de la Nación.

JURISDICCIÓN: Fuero ordinario. Instituciones lorales,
OBRAS SANITARIAS DE LA NACION,
La repartición Obras Sanitarias de la Nación se halla sometida a lo jurisdieción de los tribunales ordinarios de la Capital enando ejeree su acción en esta eindad.

JURISDICCIÓN: Fuero ordinario, Penal.

Corresponde a la justicia ordinaria de la Capital entender en la querella sobre calumnias cometidas en perjuicio de un empleado de Obras Sanitarias de la Nación y en el edificio de ésta en aquélla ciudad.

1) Fecha del fallo: junio 14.de 1439,

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Año: 1939, CSJN Fallos: 184:67 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-184/pagina-67

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