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Año: 1941, Fallos: 190:547 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CIA. ITALO ARGENTINA DE ELECTRICIDAD v, NA-
CION ARGENTINA
ADUANA: Importación, Libre de derechos.

Con arreglo al art, 1 de la ley Ne 11,588, hállanse exentos del pago de derechos de importación los repuestos efectivamente destinados a la modificación de calentadores de aire de calderas utilizados por una compañía de electricidad; por lo cual procede la repetición de lo indebidamente parado bajo protesta en tal eoneepto (°),
WARNER BROS, PICTURES INC, Y OTROS y, NACION
ARGENTINA
IMPUESTO A LOS REDITOS: Aplicación. Renta de capitales mobiliarios.

Es un principio fundamental de la ley N° 11.682 que los réditos gravados eon el impuesto son los provenientes de fuente argentina, y si lo fueran de capitales mobiliarios y similares, como ser de la locación de cosas muebles o de derechos, regalías, rentas vitalicins, ete., ha de tratarse de cosas o derechos colocados"o ntilizados en la República, sin tener en cuenta la fuente de donde provienen, IMPUESTO A LOS REDITOS: Aplicación. lento de capitales mobiliarios, Las películas einematográficas remitidas desde el extranjero a una sociedad local, mediante el pago de un porciento de las entradas brutas que obtenga con su explotación, constituyen un capital fuente radicado en el país susceptible de prodacir eficios gravados por el impuesto a los réditos.

IMPUESTO A LOS REDITOS: Aplicación. Renta de capitales mobiliarios, A los efectos del cobro del impuesto a los réditos sobre el porciento de las entradas brutas obtenidas mediante la explotación de las pelíenlas cinematográficas, que una s01) Feeha del fallo: septiembre 22 de 1941. Vor Fallos: 182, 134.

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Año: 1941, CSJN Fallos: 190:547 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-190/pagina-547

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