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Año: 1942, Fallos: 194:409 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MAURICIO ZICMAN
RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

La posibilidad de que la resolución de la enestión federal planteada en la causa pueda prevenir perjuicios y procesos poteneinles, no basta para autorizar a la Corte Suprema para conocer por medio del recurso extraordinario respecto de un auto que por ser totalmente favorable al recurrente no le causa gravamen de ninguna especie (').


LUIS ALBERTO BRAU
RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

Es improcedente el reeurso extraordinario contra el fallo que declara la ineompetencia de Ia justicia federal para conocer en un procedimiento no autorizado por la ley, tendiente a revocar una resolución del Prefecto General Marítimo que priva al recurrente de su título de enpitán de ultramar hasta que enmpla determinado número de singladuras, que de ser definitiva y violatoria de una ley nacional y tener caráctor judicial, pudo ser apelada por medio del recurso previsto en el art. 14 de la ley 48.

DictramEs Der Procunanor Fiscan Señor Juez:

El incidente promovido por el señor abogado defensor de Lais Alberto DBran, ex-enpitán del vapor "Inspeetor Benedetti", por la pérdida o endueidad del título de capitán de ultramor decretado por la Prefecivra General Marítima, es manifiestamente improcedente.

Para demostrarlo, transcribo a contimación lo resuelto por dicha dependencia en 0) expediente administrativo agregado por enerda separada (fs. 1446): °La responsabilidad del espitán de un buque por un heeho como el ocurrido al °°Inspeetor Benedetli"" puede ser de diferente naturaleza. La de AS de diciembre de 1912. Fallos: 115, 203; 190, 59.

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Año: 1942, CSJN Fallos: 194:409 
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