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Año: 1955, Fallos: 233:19 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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aplicada sin goce de sueldo" la cuestión en apelación estaría resuelta y ya nada tenía que resolver esa Cámara, Que indudablemente, el pedide del Sr. Juez Nacional, sobre separación de sus cargos de los nombrados Secretarios, formulado en nota de fs. 3, reduce a la calidad de accesoria o secundaria la cuestión de la suspensión, quedando comprendida implícitemente en la principal sobre separación del cargo; por lo gnc ambas cuestiones deben considerarse sometidas a la decisión de esta Corte, Que el Sr. Juez doctor de Virgilio funda su pedido de remoción de los nombrados Secretarios, en que ástos, al exhibir distintivos que los individualizaban co mo afiliados a congregaciones o asociaciones católicas —aAcción Católica Argentina y Hermandad del Santo Viático, a estar a las propias declaraciones de los mismos en su presentación de fs. 6—, quebraban, a su juicio, "la solidaridad total que se debe al Excmo. Sr. Presidente de la Nación, Gral. Perón, : al sentido de la política de su gobierno"; situación que se tornaría más grave teniendo en cuenta que, requeridos por el mismo Sr. Juez para que expresaran su solidaridad con la Doctrina Nacional y con la causa del "Justicialismo"', se habrían negado a efectuaria.

Que ni por la Constitución, ni por la ley ni reglamento alguno, está vedado a los funcionarios públicos, y en particular a los judiciales, usar distintivos de su fe religiosa ni insignias de congregación o asociación de igual carácter.

Que la falta de "solidaridad... con la Doctrina Nacional y con la causa del justicialismo"°, que el uso de tales insignias por los señores Secretarios importaría a juicio del Sr. Juez, no constituye tampoco un incumplimiento de los deberes de los funcionarios pú

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Año: 1955, CSJN Fallos: 233:19 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-233/pagina-19

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