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Año: 1955, Fallos: 233:191 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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el dictamen precedente, se declara que corresponde al Sr. Juez Nacional de Paso de los Libres, Provincia de Corrientes, seguir conociendo de este proceso. En consecuencia, remitansele los autos y hágase saber al Sr. Juez del Crimen de Concordia, Provincia de Entre Ríos, en la forma de estilo.

ALrreDo Orcaz — MANUEL dJ.

Arcaarás — Enrique V.

GaLL1 — Carros Herrera — JorcE Vera VALLEJO,
JORGE HECTOR TORRES
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Principios generales.

Es función específica de los tribunales de la Nación la tutela y el resguardo de los intereses e instituciones federales, con fundamento en la consideración de que el gobierno central dejaría de existir si perdiera el poder de protegerse a sí mismo en el ejercicio de las facultades que como tal le corresponden.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Causas penales. Delitos en perjuicio de los bienes y rentas de la Nación y de sus reparticiones autárquicas.

Corresponde a la justicia nacional eonocer de las causas penales originadas por delitos que afectan o pueden afectar el patrimonio nacional.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Causas penales. Delitos en perjuicio de'los bienes y rentas de la Nación Y de sus reparticiones autárquicas.

Corresponde a la justicia nacional en lo penal correccional de la Capital Federal —y no a la penal especial de esa ciudad— conocer de la causa que, por haber embestido a una persona, se sigue al conductor de una camioneta perteneciente a Yacimientos Petrolíferos Fiscales, que prestaba servicios dentro del radio de la Capital Federal.

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Año: 1955, CSJN Fallos: 233:191 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-233/pagina-191

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