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Año: 1970, Fallos: 276:141 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ABRIL

PROBLEMAS QUE CREA LA INSUFICIENTE DOTACION DE PERSONAL

POLICIAL EN LA ALCAIDIA DEL PALACIO DE JUSTICIA
En Buenos Aires, a los 13 días del mes de abril del año 1970, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de a Nación, Doctor Don Eduardo A. Ortiz Basualdo y los Señores Jueces Doctores Don Roberto E. Chute, Don Marco Aurelio Risolia, Don Luis Carlos Cabral y Don José F. Bidan, Consideraron:

1) Que mediante acordada del 19 de mayo del año ppdo. —considerando 6 la Corte Suprema dispuso librar oficio al Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio del Interior, a fin de que «quisiera considerar el problema que —entre otros— creaba a la Alcaldía del Palacio de Justicia la insuficiencia del personal policial atribuido a esa dependencia, En dicha acordada se hizo mención de los antecedentes del problema y de las reiteradas gestiones que, para su solución, había decretado el Tribunal con anterioridad. Con el oficio respectivo se acompañaron fotocopias de tales antecedentes.

2?) Que, a míz de la disposición de la Corte Suprema, por la Subsecretaría del Ministerio del Interior se dio curso a la petición —expediente 1? 101.760/09- solici Mndose informes a la Policia Federal sobre las medidas necesarias para subsanar el inconveniente (17/7/09). Producidos éstos —en los que se hacía constar que la adecuada solución consistía en la creación de mil cargos de agentes para atender todas las obligaciones que incumben a la Policia— el Señor Subsecretario de Interior devolvió las actuaciones al Tribunal, haciendo saber que compartía la solución propuesta y que la molicitud respectiva, por razones presupuestarias, se había enviado a la Secretaría de Estado de Hacienda.

3") Que como consecuencia de haberse operado, posteriormente, el retiro y fallecimiento de varios agentes —no repuestos, el Tribunal por Resolución del 27 de febrero último -comunicada al Señor Jefe de Policia Federal por oficio del 3 de marzodispuso solicitar la adopción de las medidas correspondientes para que se aumentara «en diez el número de agentes, ya fuera con personal efectivo 0, al asi no fuere posible, con personal contratado. Ello, con el carácter de providencia impresciadible y urgente,

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Año: 1970, CSJN Fallos: 276:141 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-276/pagina-141

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