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Año: 1970, Fallos: 278:171 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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IGNACIO VELEZ Y OTROs JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia nacional, Causas penales. Delitos contra el under púllico, la seguridad de la Nación, los poderes públicos y el orden constitucional, Corresponde ala justicia federal, y no a la provincial, conocer de la cansa la que se investigan, además de delitos de su competencia, otros hechos e, apreciados aisladamente, escaparion 4 5 conocimiento, sí éstos, en su conjunto, afectan interesey mucionales, vinculados con la tutela y el resguardo de Las instituciones y la seguridad de la República.

JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Cawos penales, Delitos que eietranen el normal funcionamiento de las instituciones nacionales.

Corresponde 4 la justicia federal, y 2o a la provincial, conocer de los delitos cometidos al ser resistido el allanamiento de un domicilio, precticado por la policia provincial. «i ésta actuó por onten del juez federal, DicrameN DeL Procunavor GENERAL Suprema Corte El señor Juez a cargo del Juzgado Federal N° 2 de Córdoba estima que los delitos cometidos en perjuicio de instituciones lucales a de particulares a raíz del episodio subversivo que tuvo lugar en La Calera, el 1 de julio del corriente año, deben ser investigados por los tribunales estaduales, en tanto compete a los nacionales conocer respecto de los hechos directamente reprimidos E leyes Federales, o que damnifican a la Nación o a empresas del tado Nacional.

El magistrado provincial de Córdoba al cual fueron remitidos os testimonios de la causa que constituyen las presentes actuaciones discrepa con el criterio sustentado por el señor Juez Federal, y costiene que no cabe dividir el conocimiento de los hechos.

Encuentro que la conclusión del magistrado provincial es comecta, no porque los hechos resulten estrictamente inseparables, sino en virtud de que cualquiera sea su calificación, lesionan la securidad de las instituciones nacionales, En efecto, con indencia de las personas fisicas o jurídies que hayan sido E Senan perjudicadas por cada uno de los delitos considerados aisladamente, todos ellos integran un solo ac10 insurreccional, de manera: que el objeto de todas las infracciones

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Año: 1970, CSJN Fallos: 278:171 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-278/pagina-171

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