Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1972, Fallos: 282:5 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...


AÑO 1972 — FEBRERO

ALFREDO €. BLANCO € NACION MIGENTINA
FMPLEADOS PUBLICOS: Nombramiento 1 «ruin Las leves oque restlimentar el sistensa ide presmmdibilebad mo priden ser imvocielas como sustento normativo idóneo Eundar mña medida disciplinaria de eesantís. prescindiendo cel sumario en me se ae los cargos respretívos enel que medie oportimida! de riencer el der de defensa. Lo conteario an cuambo las causales a que alude La resolución cuestionada mo hayan sido, en el caso, concretamente individestizulas — importaría convalidar decisiones 2d.

ministrativas eque provectan sombras sobre Li reputación de loc funcionarios o empleados a quienes se lee imputas hechos «que mo Jun sido demostrados en Tegal forma, inlnerambese, por ee + amtias comentadas re Le Cometituci ón Nacional EMPLEADOS PUBLICOS: Nombramiento y cevarión Sino media prescimlibilidad dechas huso suficiente em la des 17138, tampoco corresponde resolver el caso segun do disprresto, sólo ¡rara aguehoe supuestos. por el art. 4" de La les 15.0595 Diciames mir Procunmnos Graena Suprema Corte:

Aun cuando la representante de la demandada afirma que las cuestiones debatidas y resueltas en el sub lite difieren de las pu CnrA inara al fallar el 19 de febrero de 1971 los autos "Ona Julian Francisco €/Gobierno de la Nación y reimegro"al cargo", estimo, por el contrario. que las circunstancias del pleito que aquélla relata en su escrito de recurso extraordinario son suficientes para establecer, como lo ha hecho el a quo, la identidad sustancial entre una 1 enra causa, No imponc una solución contraría el trámite que tuvo el pleito ante V.E. a raíz de la manifestación de la recurrente de fs. 100, que

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

6

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1972, CSJN Fallos: 282:5 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-282/pagina-5

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 282 en el número: 5 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com