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Año: 1972, Fallos: 283:185 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ASO 1972 — ACOSTO

MARCELO ALBERTO ZUNINO y. NACION ARGENTINA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones ma federales. Excla se de las cuestiones de hecho. Impuevos y town.

Es irrevisable por la vía del recuno extracedinario la semencia de la Camara Federal de Mendoza que. con fundamentos de hecho y prueba, confirmo la decision «de primera invtancia que hizo lugar a la demanda de repeticion por estimar que La compra de un avion, en el com xe hallaba comprendida por las enenciones del art. 15. me mó, de da ley 12443 Iecravens ves Procuamos Cenemar Suprema Corte Los agravios expuestos en el exito de ecuno extraordinario configuran, a mi juicio, cuestión federal bastante para su eximen en la instancia extra ondinaria. .

En cuanto al fondo del asunto, el Fisco Nacional actúa por intermedio de apoderado especial, que ya ha asumido ante V.E. la intervención que le comesponde (Es. 167). Buenos Aires, 9 de mayo de 1972 Eduardo 11. Mar quarde.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 2 de agosto de 1972 Vistos los autos: "Zunino, Marcelo Alberto € Fisco Nacional (Dirección General Impositiva) 5 repetición".

Considerando:

Que la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó —por mavoria— la de primera instancia, que hizo lugar a la demanda de repetición entablada por el actor contra la Disección General Impositiva.

Contra aquel pronunciamiento el Fisco interpuso recuno extraordinario, concedido a fs. 160.

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Año: 1972, CSJN Fallos: 283:185 
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