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Año: 1972, Fallos: 283:186 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Que se trata en autos de decidir si el avion importado, materia del litigio, debe irbutar el impuesto a Las ventas. A ee cfecto se discutió lo relativo al alcance del termino empresa; 4 el actor acredito su caracter de empresario, sia dicha actividad estaba destinado el aparato sí, por el contrario, lo fue para uso personal, 4 fin de establecer 4 era aplicable al caso lo dispuesto en el art 11, im. mo, de La ley 12143, como lo sostuviera el accionante.

Que, como se advierte de lo dicho, lo debatido radica substancialmente en el estudio de cuestiones de hecho y prucha, imrevisables en La instancia estraordinaria. sunque el caso se halle regido por normas de caracter federal Fallos: 275454. comsid, 1, sus citas y otros, Por ello, habiendo dictaminado el Señor Procurador General, se declara improcedente el recurso Con costas.

Ronenro E- Corra — Lars Cantos Cantar Muncanira Ancias.


GERMAN SERGIO ALEMAN
SUPERINTENDENCIA,
Corresponde poner en concimento del Comandante en Jete del Ejercito, a fin de que se abquen las medidas pertínentes, el informe remitido a la Corte Suprema pue el Juez Federal de General Roca en el que se relata una actuación del personal mubitar destacado en aquella buulidad que importa mencacab a la im vestabura del magistrado. en la sede del tribunal a su cargo.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 2 de agosto de 1972 Visto el expediente de Superintendencia 4116 72, procedente de la Cá mara Federal de Apelaciones de Bahia Blanca, y Considerando: :

Que en la comunicación del señor Juez Federal de General Roca, doctor German S. Aleman, remitida a esta Corte Suprema, se relatan circunstancias atinentes a la actuación de personal militar destacado en aquella tocalidad «que —tal como quedan expuestas en dicha comunicación— importan menos cabo a la investidura de aquel magistrado, en la sede del tribunal a su cargo.

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Año: 1972, CSJN Fallos: 283:186 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-283/pagina-186

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