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Año: 1973, Fallos: 287:375 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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sario en un futuro próximo por las ventajas que significan tanto la espacialización doctrimaria y legal, cuanto la mayor brevedad en el trámite de esta especie de causas.

La Cámara Federal de Córdoba es respetada en el medio social y mantiene relaciones armónicas con las autoridades del gobiemo provincial y las instituciones con las cuales la actividad judicial se vineula:

Policia de la Provincia, Policía Federal, Institutos carcelarios, Hospitales € Instituciones de Asistencia, conceptos que se mantienen respecto a la opinión pública. Los Institutos Carcelarios en la ciudad de Córdoba —de encausados y el de penadas— son insulicientes respecto al número de procesados, al punto de constituir éste un grave problema con todos los defectos ya señalados en la doctrina y práctica penitenciaria.

La Obra Social es ineficaz y formulo las mismas observaciones sobre el punto que las hechas en la parte de este informe para Bell Ville y Río Cuarto.

De la visita resultó que es absolutamente urgente resolver el pro blema del edificio de los Tribunales Federales de Córdoba construyendo una Casa de Justicia digna, funcional, con vistas al futuro por la expansión incesante de la Provincia y de la ciudad Capital y acorde a la dignidad de la Justicia Federal de la Nación, También lue ratificada allí la conveniencia de volver a la lista de conjueces y que las causas sobre excepciones militares fueran resueltas por los jueces federales, Con relación a la visita, cada uno de los señores camaristas expresó:

Que la consideraban una alta medida de gobierno. Que la Corte Su prema por primera vez se ponía en contacto con los tribunales federales y la Cámara de Córdoba cumpliendo un plan de trabajo que por su temática, integraba a los tribunales de esta jurisdicción en el espíritu y en la acción al Poder Judicial de la Nación, tal como la Constitución de la República lo concibió. Que este era un medio —el de la visita— operativo y eficaz para mantener la cohesión del cuerpo del Poder Judicial y su desarrollo en las respectivas jurisdicciones. Que la Corte Suprema dejaba de ser el Alto Tribunal en la Capital Federal que se pronunciaba, para integrarse humana y estructuralmente con los tribunales federales del interior, ..".

Al día siguiente, 26 de octubre, visité los Juzgados Federales Nros. 1 y 2 y los locales de la Secretoria Electoral de Córdoba.

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Año: 1973, CSJN Fallos: 287:375 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-287/pagina-375

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