Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1999, Fallos: 322:1192 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

Agregar al art. 11 del RJ.N. el siguiente párrafo: Para la designación de auxiliar superior de séptima —oficial notificador- se requiere ser argentino, mayor de 18 años, tener estudios secundarios completos y haber aprobado el curso de capacitación que al efecto organice la Secretaría General de la Presidencia".

Están exentos de cumplir con tal requisito quienes cuenten con título de abogado, procurador o escribano expedidos por universidad pública o privada oficialmente reconocida", 2") Modificar los arts. 93 de la acordada 3/75 y 86 de la acordada 19/80 en el sentido de que la recepción de cédulas y mandamientos provenientes de provincias se realizará en el horario de 8.30 a 12.30 horas.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe.— JuLio S. NAZARENO — EDUARDO MoLIN£ O'Connor — Carlos S. FAyr — Augusto César Beriuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETrACCHI — ANTONIO BOGOIANO — GUILLERMO A. F. LOPEZ —- Gustavo A. BOsserr — Anorro RoBerTo VÁzQuez. Cristian Abritta (Secretario General de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).


VISITAS A LOS TRIBUNALES FEDERALES.
—N25En Buenos Aires, a los 16 días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y nueve, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron:

Que la puesta en funcionamiento de nuevos tribunales federales hace necesario adaptar las disposiciones de la acordada 40/96, máxime cuando el plazo durante el cual rigió la distribución oportunamente ordenada se encuentra vencido.

Por ello, Acordaron:

1) Modificar el punto 2" de la acordada 40/96, el cual quedará redactado así:

2) A los efectos de las visitas a realizarse se considerará dividido el país en las siguientes nueve zonas:

Zona 1: Cámaras Federales de La Plata; Mar del Plata y Bahía Blanca; Tribunales Orales en lo Criminal Federal de La Plata; Mar del Plata; Bahía Blanca y La Pampa; Juzgados Federales de La Plata, Lomas de Zamora; Junín; Mar del Plata; Azul; Dolo res; Bahía Blanca y Santa Rosa. .

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

4

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1999, CSJN Fallos: 322:1192 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-322/pagina-1192

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 322 Volumen: 2 en el número: 28 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com