Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 2013, Fallos: 336:2142 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

2142 336 2") Que el segundo remedio federal es procedente, con arreglo a conocida doctrina" en materia de arbitrariedad, pues resulta claro que el pronunciamiento impugnado abordó el tratamiento de una cuestión (la nulidad) que no había sido sometida a conocimiento de la cámara sino planteada en el anterior recurso extraordinario para que, en su caso, fuera tratada por la Corte.

3) Que, en cuanto al primer recurso, este Tribunal comparte los fundameritos y conclusiones del dictamen que antecede, por lo que corresponde remitirse a ellos en razón de brevedad.

Por ello, oído el señor Procurador General subrogante, se 1ace lugar a la queja, se declaran procedentes los recursos exraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias recurridas //- con el alcance indicado. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Reintégrese el depósito. Vuelvan los autos al tribunal anterior a efectos de que, por

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

7

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2013, CSJN Fallos: 336:2142 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-336/pagina-2142

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 336 Volumen: 2 en el número: 1274 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com