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Año: 2023, Fallos: 346:516 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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SENTENCIA ARBITRARIA
La decisión que condenó a la imputada a la pena de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio de la medicina por considerarla autora de homicidio culposo de un recién nacido por su actuación negligente es arbitraria, luce dogmática y carente de fundamento, pues no dio una respuesta suficiente al argumento de la defensa según el cual no existe ninguna prueba que acredite fehacientemente la causa del fallecimiento del niño, lo que impide imputarle objetivamente a la acusada ese resultado, al no ser factible establecer si fue la concreción del riesgo generado por su supuesto comportamiento negligente.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-. -El juez Rosenkrantz, en disidencia, consideró inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 CPCCN)

SENTENCIA ARBITRARIA
Es arbitraria la decisión que condenó a la imputada a la pena de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio de la medicina por considerarla autora de homicidio culposo de un recién nacido por su actuación negligente, pues de acuerdo con la prueba producida, cabía la posibilidad de que la hipoxia fetal que produjo la muerte haya sido una patología de base que generó la expulsión de meconio, o bien que el niño no haya tenido esa patología inicial y que la aspiración de meconio haya determinado aquella hipoxia, extremos que el a quo no podía dejar de ponderar dado que resultaban determinantes para la adecuada solución del caso.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-. -El juez Rosenkrantz, en disidencia, consideró inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 CPCCN)
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

T-

El Tribunal Superior de Justicia de Misiones rechazó el recurso de casación de la defensa y confirmó la condena a un año de prisión y cinco de inhabilitación especial para el ejercicio de la medicina, impuesta a MG de GR por considerársela autora de homicidio culposo (cf. fs.

648/659 vta. De los autos principales, según su copia digitalizada).

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Año: 2023, CSJN Fallos: 346:516 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-346/pagina-516

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