Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1868, Fallos: 6:43 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

el mismo Aracena acompañaba á Legrand, en los salteos y saqueos de casas, como en la de D. Juan Icon.

El elér:3o Salvador Giles informó; que el 25 de Marzo, úá las 3 de la mañana, golpearon sus puertas y ventanas, con la culata de tercerolas, gritando tambien, salga el cura á confesar y llevar auxilios á un enfermo ; que se presentó én la puerta de calle y encontró 4 Aracena, 4 Legrand y 4 José María Benavidez con una partida armada; que Aracena y Benavidez le intimaron que se diese preso, diciéndole el primero que lo siguiera, pues tenia órden del Gobernador Molina para llevarlo á la cárcel pública y ponerle una barra de grillos por salvaje unitario; y que muy luego degollaria á todos los salvajes : que tambien le dijo que lo habian ido á buscar á la tienda de su sobrino Juan de Leon, donde rompieron las puertas á balazos y sajuearon los soldados la tienda.

Tomasa Castro, declaró : que oyó los golpes dados en la casa del cura Giles y la conversacion que tenian afuera y adentro, pero sin percibirla con claridad.

Inez Castro, declaró: que oyó los golpes, y que lo demas lo sabe de oidas.

Isabel Pelaya, sirvienta de la casa de las señoras Castro, deelaró: que es cierto que Aracena, Legrand y Benavides fueron con una partida ú casa del clérigo Giles y le golpearon las puertas con las culatas de los fusiles, gritándole que saliese á llevar auxilios á un enfermo, y que vió que el cura salió de su casa acompañado de un hiombrc armado.

La acusacion fiscal pidió que Aracena y Contreras fueran declarados reos de rebelion, y de hurto calificado ademas, y que fuesen condevados 4 la pena ordinaria de muerte: que los procesados confiesan haber servido á la rebelion, en empleos mititares, haber hecho requisiciones con fuerza armada, allanado cl domicilio y encarcelado á varios, por órden que dicen recibieron del gobierno rebelde; que Aracena fué de los primeros, que en 5 de Enero hicieron armas contra las tropas legales acantonadas en la plaza, como lo probaria á su tiempo: que robó á Malica un

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

6

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1868, CSJN Fallos: 6:43 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-6/pagina-43

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 6 en el número: 43 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com