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Año: 1869, Fallos: 7:362 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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f. 138 dice: «que sabia y le constaba por haber leido la órden dala por el reo Zalazar 4 Cármen Guevara para que fusilase al Sargento de línea Quiroga: esto sabia el derlarame por haber ido preso junto con Quiroga y D. AheTardo Ocampo, y como ninguno de ellos sabía leer, le hicieron leer al declarante la órien, y en su presencia lo, fusilaron 4 dicho Quiroga en la plaza de San Antonio.» Respecto del asesinato de Pedro cl Tuerto se funda el Procurador Fiscal en la declaracion de Juan Escudero que á f£, 140 dice: eque sobia y le constaba que la comisión que asesinó 4 Pedro el Tuerto salió con órden de Zalazar, esto lo sabia el declarante por haber estado con Zalazar, y que la comision que salió en alcance de Pedro era comandada por Cármen Guevara, y lo aleazaron en Ulapes, y de Ulapes al Norte, distancia de una legua, lo mataron el día 22 de Agoste; y en la declaración de Juan Manuel Guzman que en la declaracion de 4, 140 dice: «que sabe y le consta que la comision que asesinó 4 Pedro el Tuerto salió de Catuna con órden de Zalazar de darle alcance 4 dicho Pedro que se volvió al Sud, y que dicha comision iba mandada por Cármen Guevara, y que en Ulapes lo alcazaron y lo hicieron contramarehar y á la legua lo nsesimaron, y que esto sucedió el 22 de Agosto del año pasalo, y que esto lo sabia evidentemente por haber estado con Zalazar el declarante, y que de otros asesinatos no sabía por haberse 4 los pocos ias dJesertados junto con Juan Escudero de las filas de Zalazar.» Respecto del asesinato de Juan el Manco se funda el Fiscal en la declaracion de José Pio Sanchez que 4 f. 133 dice: «que á mis sabia que estando toda la montonera reunida en el Pozo Cercado, oyó decir á la tropa de montoperos el declarante, que lo habían muerto á Juan el Manco por órden de Zalazar á poco distancia de aquel lugar, y que viniendo de marcha la montonera para el Norte, le mostraron al declarante donde lo habian degollado á dicho

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Año: 1869, CSJN Fallos: 7:362 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-7/pagina-362

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