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Año: 1909, Fallos: 113:324 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Doña María J, de Luque contra la empresa de navegación "NiE colás Mikanovich", por daños y perjuicios; sobre intervenau ción del defensor de pobres ¿é incapaces, de la ciudad del Re Paraná.

o.

Es - Sumario: Al defensor de pobres é incapaces del Paraná correscon ponde intervenir, no solamente en las causas que vayan x á la Cámara Federal de esa ciudad, de los juzgados fedeEs rales de la sección de Entre Ríos, sino también en las que 3 se radiquen ante aquel tribunal, provenientes de los demás a Eo juzgados federales comprendidos en esa circunscripción.

E Caso: Lo explican las piezas siguientes:


E ALTO DE LA CÁMARA FEDERAL
E: Paraná, Mayo 31 de 1909.

y % - Vistos y considerando:

4 Que la jurisdicción es de interpretación restrictiva, debien de siempre entenderse circunscripta al radio territorial con que se acuerda y á las personas ó cosas sobre que recae. Emanación Re de la ley y reflejo «de la soberania, sólo puede conferirla el poa der, facultado al efecto por la carta fundamental de estado.

e Por tanto, fuera de los objetos que se indican ó cuando no emaa na de fuente legitima, ella no existe. En tal caso, su ejercicio O eonstituiría por lo menos una extensión indebida, un verdadero E abuso de atribuciones, todo lo que es de derecho elemental y coRo rriente. Y bien, aplicando estos principios al incidente de que se A trata, resulta:

he

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Año: 1909, CSJN Fallos: 113:324 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-113/pagina-324

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