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Año: 1874, Fallos: 16:92 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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cion, —Devuélvanse en consecuencia los aulos, prévio pago de coslas y reposicion de sellos por el upelante.


SALVADOR M. DEL CARmiL. — FRANCISCO
Dercano.—José Banos Pázos.—.

B, GonosTiaca.—J, Dowincuez.

—rraa4r——

CAUSA XVIII,
El - Reverendo Frag Lorenzo Morales, de la órden de la Merced; contra la Provincia de Catamarca, por reivindiencion.

Sobre falta de personería, litispendencia y defectos de [orma en la demanda.

Sumario—1e La patente de Provincial de una órden religiosa, tiene que ser presentada al Gobierno de la República para obtener el pase.

2" Sineste requisito no puede ener valor alguno en juicio, mi acredilar lo personería legítima de la persona á cuyo favor ha sido espedida.

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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:92 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-16/pagina-92

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